Competencia desleal
Apariencia
Se considera competencia desleal a las prácticas económicas que resulten objetivamente contrarias a las exigencias de la buena fe y a las prácticas honestas del mercado, que distorsionen o puedan distorsionar de manera significativa el comportamiento económico del consumidor.[1]
Algunas prácticas de competencia desleal son:[2]
- Dumping de precios: vender a un precio inferior al coste final del producto.
- Engaño: hacer creer a los compradores que el producto tiene un precio diferente al real.
- Denigración: difundir información falsa sobre los productos de los competidores, o publicar comparativas no relevantes.
- Confusión: buscar parecerse a un competidor para que el consumidor compre sus productos en vez de los del competidor.
- Dependencia económica: la exigencia de condiciones al proveedor cuando se le compra casi toda su producción. Dado que el proveedor depende de estas ventas para la existencia de la empresa, no tendría más opción que aceptarlas.
- Desviación de la clientela y explotación de la reputación ajena son otros tipos de actos de competencia desleal.
- Monopolización del mercado cuando existe un escenario de libre competencia.
Véase también
[editar]Referencias
[editar]- ↑ Agencia Estatal del Boletín Oficial del Estado (31 de diciembre de 2009). «Ley 29/2009, de 30 de diciembre, por la que se modifica el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad para la mejora de la protección de los consumidores y usuarios. Artículos 4 y 5. Clausula General». BOE. Jefatura del Estado de España (315): 112039 -112060. Consultado el 9 de mayo de 2026. «Se considera desleal por engañosa cualquier conducta que contenga información falsa o información que, aun siendo veraz, por su contenido o presentación induzca o pueda inducir a error a los destinatarios, siendo susceptible de alterar su comportamiento económico...»
- ↑ Diccionario panhispánico del español jurídico (2025). «Competencia desleal». RAE. Consultado el 9 de mayo de 2026.